Política de protección infantil

Política de protección infantil

1. Alcance

Esta política se aplica a todos los directores, funcionarios, empleados, contratistas, consultores o representantes de Management Sciences for Health ("MSH") que actúan en nombre de MSH (colectivamente, "Representantes de MSH").

2. Importancia de esta Política

El propósito de esta política es garantizar que Management Sciences for Health cuente con los procesos adecuados para:

3. Declaraciones de política

MSH cree que nunca es aceptable que un niño experimente abuso de cualquier tipo y reconoce su responsabilidad de protegerlo del abuso y salvaguardar su bienestar.

Principios básicos

MSH se compromete a cumplir con los siguientes principios básicos:

Selección y selección

La selección básica de solicitantes de empleo en MSH incluye una solicitud por escrito, entrevistas personales y verificación de referencias. Durante el proceso de entrevista, se les puede preguntar a los solicitantes sobre trabajos previos con niños. Cuando lo permita la ley local, se puede pedir a los solicitantes que otorguen un permiso por escrito para una verificación de antecedentes penales o policiales para cualquier condena penal y, en particular, cualquier condena relacionada con el abuso de niños. Si se instituyen dichas verificaciones, se informará a los candidatos en el momento de la entrevista que la contratación estará supeditada a dicha verificación de antecedentes. De acuerdo con la ley aplicable, MSH no contratará a nadie que sepa que tiene una condena previa por abuso infantil, pedofilia o delitos relacionados.

Protocolos de comportamiento

Los Representantes de MSH deben acusar recibo y comprensión y su acuerdo de cumplir con los siguientes protocolos de comportamiento diseñados para proteger a los niños del abuso y para proteger al personal de acusaciones falsas de comportamiento inapropiado o abuso.

  • Evite quedarse solo o pasar la noche con un niño que no sea un miembro de la familia y un tutor legal donde otros no puedan presenciar su comportamiento.
  • Nunca contrate a menores a sabiendas como 'ayudantes de casa' en sus hogares.
  • Nunca acaricie, abrace, bese, abrace o toque a un menor de una manera inapropiada o culturalmente insensible.
  • Solicite y reciba el consentimiento explícito de cualquier niño antes de tocarlo o tomarse de la mano.
  • Siempre que sea posible y práctico, utilice la regla de "dos adultos", en la que dos o más adultos supervisan todas las actividades en las que participan menores o niños y están presentes en todo momento.
  • Solicite el permiso de los niños antes de tomar fotografías, excepto en circunstancias excepcionales, basadas en el interés superior de los niños.

Notificación e investigación de incidentes

Los presuntos casos de abuso infantil perpetrados por un Representante de MSH deben informarse comunicándose con el Asesor Jurídico General de MSH, el Director de Proyecto, el Director de COMU, el Representante de País, el Representante de Recursos Humanos; o vicepresidente; llamando a la línea directa anónima al + 1-888-418-0936 o presentando un informe en línea en www.msh.ethicspoint.com Ellos decidirán los pasos apropiados, que pueden incluir remitir el asunto a las autoridades locales y apoyar el procesamiento penal.

Un presunto autor de abuso infantil será suspendido de su cargo durante la investigación de las acusaciones, hasta que, a menos que se pueda determinar que no hay riesgo para los niños. Se informará a la persona acusada de que se han formulado acusaciones en su contra y se le dará la oportunidad de responder. Al concluir la investigación, administrada y realizada por el Asesor Jurídico de MSH, se informará a la persona sospechosa por escrito de los resultados de la investigación y de las medidas correctivas que se tomarán, si corresponde.

Cualquier persona que se demuestre que ha cometido abuso infantil será despedida inmediatamente de su empleo con MSH, o su contrato / acuerdo con MSH terminará, y no será elegible para volver a contratar o recibir ningún contrato / acuerdo futuro.

Si se demuestra que una acusación es falsa, se tomarán las medidas adecuadas para realizar un seguimiento con la persona acusada, el niño y la persona que hizo la denuncia. Si un empleado plantea una preocupación legítima sobre la sospecha de abuso infantil, que resulta ser infundada al final de una investigación, no se tomarán medidas contra el empleado, de conformidad con las políticas de MSH con respecto a la no represalia. Sin embargo, cualquier empleado que haga acusaciones falsas y maliciosas enfrentará una acción disciplinaria, que puede incluir el despido.

La información sobre los incidentes de protección infantil se compartirá según la "necesidad de saber" según lo considere necesario el Representante en el país; Consejero general; Representante de RRHH; o vicepresidente, o según lo requiera la ley. Cualquier persona que reciba información sobre los nombres, identidades, acusaciones y / o información relacionada con la investigación, como se describe anteriormente, debe mantener la confidencialidad en todo momento.

4. Definiciones

Niño = Persona que no ha cumplido los 18 años.

Abuso, trata, explotación o negligencia infantil = Cualquier forma de abuso físico; maltrato emocional; abuso sexual; negligencia o supervisión insuficiente; tráfico; o explotación comercial, transaccional, laboral o de otro tipo que resulte en un daño real o potencial a la salud, el bienestar, la supervivencia, el desarrollo o la dignidad del niño. Esto incluye, pero no se limita a: cualquier acto o falta de acción que resulte en la muerte, daño físico o emocional grave a un niño, o un acto o falta de acción que presente un riesgo inminente de daño grave a un niño.

Abuso físico = Actos u omisiones que resulten en lesiones (no necesariamente visibles), dolor o sufrimiento innecesario o injustificado sin causar lesiones, daños o riesgo de daño a la salud o el bienestar de otra persona, o la muerte, independientemente de si tenían la intención de causar daño.

abuso sexual = Acariciar los genitales de otra persona sin su consentimiento, penetración del cuerpo de otra persona sin su consentimiento, incesto, exposición indecente, obligar a otra persona a ver un acto sexual sin su consentimiento y explotación a través de la prostitución o la producción de material pornográfico.

Abuso o malos tratos emocionales = Lesión a la capacidad psicológica o estabilidad emocional de otra persona causada por actos, amenazas de actos o tácticas coercitivas. El abuso emocional puede incluir, entre otros: humillación, control, aislamiento, retención de información o cualquier otra actividad deliberada que haga que la otra persona se sienta disminuida o avergonzada.

Explotación = Abuso de otra persona en el que está involucrada alguna forma de remuneración o donde los perpetradores se benefician de alguna manera. La explotación representa una forma de coerción y violencia que es perjudicial para la salud física o mental, el desarrollo, la educación o el bienestar de la persona.

Negligencia = No atender las necesidades básicas de un niño dentro de las actividades financiadas por donantes que son responsables del cuidado de un niño en ausencia del padre o tutor del niño.

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