Política de protección infantil

Política de protección infantil

1. Alcance

Esta política se aplica a todos los directores, funcionarios, empleados, contratistas, consultores o representantes de Management Sciences for Health ("MSH") que actúan en nombre de MSH (colectivamente, "Representantes de MSH").

2. Importancia de esta Política

El propósito de esta política es garantizar que Management Sciences for Health cuente con los procesos adecuados para:

3. Declaraciones de política

MSH cree que nunca es aceptable que un niño experimente abuso de ningún tipo y reconoce su responsabilidad de protegerlo del abuso y salvaguardar su bienestar. MSH se compromete a cumplir con los siguientes principios básicos:

Principios básicos

  • Garantizar el cumplimiento de la legislación local y del país de acogida en materia de bienestar y protección infantil o las normas internacionales, lo que ofrezca una mayor protección, y con la legislación de EE. UU. Cuando corresponda;
  • Prohibir a todos los Representantes de MSH participar en abuso, tráfico, explotación o negligencia infantil (como se define a continuación);
  • Prohibir el trabajo infantil (como se define a continuación);
  • Cuando corresponda, incluir la protección de los niños en la planificación e implementación del proyecto para determinar y mitigar los riesgos potenciales;
  • Aplicar medidas para reducir el riesgo de abuso, tráfico, explotación o negligencia infantil, que incluyen, entre otros, limitar las interacciones sin supervisión con los niños; prohibir la exposición a la pornografía; y cumplir con las leyes, regulaciones o costumbres aplicables con respecto a la fotografía, filmación u otras actividades de generación de imágenes de niños;
  • Promover procedimientos de detección seguros para los niños para el personal, en particular el personal cuyo trabajo los pone en contacto directo con los niños y, de acuerdo con la ley aplicable, no contratar a nadie que sepa que tiene una condena previa por abuso infantil, pedofilia o delitos relacionados. Capacitar al personal y a otras personas para que reconozcan el abuso, la trata, la explotación y la negligencia de menores;
  • Ordenar que los representantes de MSH informen sobre las acusaciones; investigar y gestionar denuncias;
  • Tomar las medidas adecuadas en respuesta a dichas acusaciones, incluido, entre otros, el despido;
  • Exigir garantías por escrito de las organizaciones asociadas y los sub-adjudicatarios de que cuentan con políticas adecuadas de protección infantil, y solicitar la adopción de políticas de protección infantil, siempre que la falta de tales políticas pueda poner a los niños en riesgo. MSH se reserva el derecho de auditar las organizaciones asociadas y los sub-adjudicatarios para confirmar que cuentan con políticas adecuadas de protección infantil.
  • En la mayor medida posible, obtenga el consentimiento informado o el permiso del tutor del niño, y / o la institución responsable del niño, antes de usar cualquier imagen individual para publicidad, recaudación de fondos, concientización o cualquier otro propósito. El propósito debe quedar claro para quien otorga el consentimiento. El nombre del niño no debe usarse en los materiales.
  • Utilice imágenes y un lenguaje decente y respetuoso en todas las comunicaciones sobre los niños y evite el lenguaje que implique una relación de poder sobre los niños.
  • Evite el uso de información personal o física sobre un niño que pueda usarse para identificar la ubicación de ese niño en los sitios web de MSH o en cualquier otra forma de comunicación.

Selección y selección

La selección básica de solicitantes de empleo en MSH incluye una solicitud por escrito, entrevistas personales y verificación de referencias. Durante el proceso de entrevista, se les puede preguntar a los solicitantes sobre trabajos previos con niños. Cuando lo permita la ley local, se puede pedir a los solicitantes que otorguen un permiso por escrito para una verificación de antecedentes penales o policiales para cualquier condena penal y, en particular, cualquier condena relacionada con el abuso de niños. Si se instituyen dichas verificaciones, se informará a los candidatos en el momento de la entrevista que la contratación estará supeditada a dicha verificación de antecedentes. De acuerdo con la ley aplicable, MSH no contratará a nadie que sepa que tiene una condena previa por abuso infantil, pedofilia o delitos relacionados.

Protocolos de comportamiento

Los Representantes de MSH deben acusar recibo y comprensión y su acuerdo de cumplir con los siguientes protocolos de comportamiento diseñados para proteger a los niños del abuso y para proteger al personal de acusaciones falsas de comportamiento inapropiado o abuso.

  • Evite quedarse solo o pasar la noche con un niño que no sea un miembro de la familia y un tutor legal donde otros no puedan presenciar su comportamiento.
  • Nunca contrate a menores a sabiendas como 'ayudantes de casa' en sus hogares.
  • Nunca acaricie, abrace, bese, abrace o toque a un menor de una manera inapropiada o culturalmente insensible.
  • Solicite y reciba el consentimiento explícito de cualquier niño antes de tocarlo o tomarse de la mano.
  • Siempre que sea posible y práctico, utilice la regla de "dos adultos", en la que dos o más adultos supervisan todas las actividades en las que participan menores o niños y están presentes en todo momento.
  • Solicite el permiso de los niños antes de tomar fotografías, excepto en circunstancias excepcionales, basadas en el interés superior de los niños.

Notificación e investigación de incidentes

Los Representantes de MSH que observen, sean informados o sospechen razonablemente de un posible caso de abuso infantil perpetrado por un Representante de MSH deben denunciarlo inmediatamente a través de cualquiera de los siguientes métodos: 

Decidirán los pasos apropiados, que pueden incluir remitir el asunto a las autoridades locales y apoyar un proceso penal.

Un presunto autor de abuso infantil será suspendido de su cargo durante la investigación de las acusaciones, hasta que, a menos que se pueda determinar que no hay riesgo para los niños. Se informará a la persona acusada de que se han formulado acusaciones en su contra y se le dará la oportunidad de responder. Al concluir la investigación, administrada y realizada por el Asesor Jurídico de MSH, se informará a la persona sospechosa por escrito de los resultados de la investigación y de las medidas correctivas que se tomarán, si corresponde.

Cualquier persona que se demuestre que ha cometido abuso infantil será despedida inmediatamente de su empleo con MSH, o se le rescindirá su contrato/acuerdo con MSH, y no será elegible para volver a contratarlo ni recibir ningún contrato/acuerdo futuro.

Si se demuestra que una acusación es falsa, se tomarán las medidas apropiadas para realizar un seguimiento con la persona acusada, el niño y la persona que realizó la denuncia. Si un empleado plantea una preocupación legítima sobre una sospecha de abuso infantil, que resulta infundada al concluir una investigación, no se tomarán medidas contra el empleado, de conformidad con las políticas de MSH con respecto a la no represalia. Un representante de MSH que haga declaraciones falsas a sabiendas a los investigadores se enfrentará a medidas disciplinarias, que pueden incluir el despido.

La información sobre incidentes de protección infantil es confidencial y se compartirá únicamente con personas que cumplan con la prueba de "necesidad de saber". Dependiendo de los hechos, dichas personas pueden incluir el representante nacional, el asesor general, el socio de recursos humanos, el director de personal y cultura u otros según lo exija la ley. Los funcionarios de MSH que reciban dicha información deben mantener su confidencialidad.

4. Definiciones

Las siguientes definiciones se aplican a los efectos de esta política: